Identificación de perros
Identificación de los perros
– Es obligatoria la identificación, por sus amos o poseedores, de los perros que se encuentren habitualmente en el territorio de la Comunidad Valenciana, cualquier a que sea el lugar de residencia de dichas personas.
La identificación de los perros deberá realizarse en sus tres primeros meses de vida o en el mes siguiente a su adquisición, en su caso, mediante la comunicación al Registro Supramunicipal de Animales de Compañía de la Comunidad Valenciana (RIVIA) de las modificacionesde los datos de su anterior inscripción.
Las infracciones cometidas en materia de identificación, están tipificadas en la Ley 4/1994, de Protección de los Animales de Compañía, figurando como infracción grave, que se sancionarán con una multa de 600€ a 6000€.