Recogida de enseres y podas

FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO EN EL CASCO Y PEDANÍAS 

Los ciudadanos deben llamar al teléfono de la Concejalía -965306178- e indicar cuándo y dónde van a depositar los enseres,  se les indicará que deben sacarlos  a la calle a partir de las 21:00 horas para evitar que se entorpezca la vía o que algún transeúnte se pueda hacer daño.  Se incluirá su solicitud en la ruta del camión de recogida del día acordado.

Este servicio recoge enseres domésticos, muebles, sillas, colchones, electrodomésticos… pero no recoge restos de obras ni mudanzas completas, para esto se deben contratar los servicios de contenedores homologados a tal efecto.

Enseres: Artículo 84 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Limpieza Urbana. 

2.- Queda prohibido depositar muebles y enseres en los espacios públicos, así como en los contenedores destinados a los residuos urbanos, excepto los días de recogida y en los lugares determinados al efecto.

 

FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO EN LA COSTA. 

El servicio de recogida de podas y enseres en la costa funciona en base a un calendario establecido por días y zonas, para que este servicio sea efectivo es muy importante que los ciudadanos colaboren y PREAVISEN siempre respetando, además los días de depósito asignados a la zona en la que viven.

Tanto el servicio de recogida de podas, como el de enseres, es a nivel particular. Esto quiere decir que las empresas que se dedican privadamente al mantenimiento de los jardines de comunidadades de propietarios, y que son remuneradas por prestar este servicio, así como a las que realizan mudanzas de viviendas, deben gestionar privadamente la retirada y eliminación de las podas y enseres que generen, no pudiendo depositarlos en la vía pública.

El teléfono que está al servicio del ciudadano para estos avisos es el 966076100 exts. 4511/4512/4513, también hay un correo electrónico  para enviar los avisos: costa@orihuela.es

La ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA LIMPIEZA URBANA, a este respecto, expone:

Podas: Artículo 19)

1.- Los propietarios y responsables de áreas ajardinadas están obligados a recoger y eliminar por su propios medios los restos de jardinería, siempre que sobrepasen el equivalente a 1.000 litros. En el supuesto de no sobrepasarse el indicado volumen, los servicios municipales procederán a su recogida, previa comunicación del interesado.

2.- Los residuos (podas) no podrán depositarse sobre la vía pública y, si así se precisase, se colocarán adecuadamente en contenedores, bolsas de plástico homologadas o similar, de forma que se impida su esparcimiento por la vía pública, no pudiendo permanecer en la misma más de 24 horas sin recogerse.  (para esto es tan importante el preaviso y el calendario).

Enseres: Artículo 84)

2.- Queda prohibido depositar muebles y enseres en los espacios públicos, así como en los contenedores destinados a los residuos urbanos, excepto los días de recogida y en los lugares determinados al efecto.  

 

TANTO EN EL CASCO Y PEDANÍAS COMO EN LA COSTA, EN CUANTO A INFRACCIONES Y SANCIONES: 

Articulo 117)

A) Infracciones Leves:  5º Depositar residuos en horas o lugares distintos a los señalados por los servicios municipales.

B) Infracciones Graves: 5º Abandonar muebles, enseres domésticos, trastos viejos, materiales residuales procedentes de pequeñas reparaciones en los domicilios. 6º Librar en la vía pública residuos excluídos del servicio de recogida domiciliaria, siempre que esta actividad no sea clasificada como muy grave en el apartado siguiente:

C) Infracciones muy graves: 10º La reiteración de faltas graves.

SANCIONES: Leves – Hasta 750€ / Graves -751€ hasta 1500€ / Muy Graves – 1501€ hasta 3000€

 

Ordenanza completa en este enlace: ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LIMPIEZA URBANA, ASEO ,SALUBRIDAD Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS URBANOS EN EL T.M. DE ORIHUELA.

Llámenos, le informaremos y ayudaremos. Gracias.